El Alto Tribunal dice que prevalece el derecho de los organizadores de desfilar sin mujeres soldado por tratarse de una actividad privada.
MADRID. EFE. La celebración del Alarde Tradicional de San Marcial de Irún sin la participación de mujeres no supone una discriminación por razón de sexo ya que se trata de una actividad privada, según ha establecido en una sentencia el Tribunal Supremo .
La Sala de lo Contencioso del alto tribunal ha rechazado así el recurso presentado por varias mujeres contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que no consideró vulnerados sus derechos después de que el Ayuntamiento de Irún autorizara la celebración del Alarde y estableciera que su participación en el acto debía de ser autorizada por los organizadores.
Las mujeres habían pedido al Ayuntamiento que obligara a los organizadores a admitir su presencia y que se pidiera a la policía que garantizara su participación.


El alcalde de Hondarribia cree que la situación mejoraría si la compañía Jaizkibel saliera detrás del Alarde
Maitane Olaizola. IRUN. 
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